La Ley 24.557 (art. 6) considera accidente de trabajo al ocurrido “en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo”. A esto se lo llama accidente in itinere.
El detalle: está cubierto siempre que no hayas interrumpido o modificado el recorrido por causas ajenas al trabajo.
Si tu recorrido no es el directo
La misma norma prevé que el trabajador puede declarar por escrito ante el empleador que su trayecto cambia por alguno de estos motivos:
- Estudio.
- Otro empleo.
- Atención de un familiar directo enfermo que no convive con vos.
Según el sitio oficial, el empleador debe informarlo a la ART dentro de las 72 horas, y el trabajador debe presentar el certificado correspondiente, si el empleador lo pide, dentro de los 3 días hábiles de la solicitud.
Qué hacer después del accidente
- Pedí atención médica y guardá certificados, estudios y comprobantes.
- Avisá a tu empleador cuanto antes, preferentemente por escrito.
- Si hubo intervención policial, pedí copia del acta. Sacá fotos del lugar y anotá datos de testigos.
- Guardá todo lo que te entregue o te diga la ART.
Los pasos, en orden
Atención médica primero
Tu salud es lo primero y los certificados son parte de la prueba.
Avisá al empleador
Dejá constancia de la fecha, la hora y cómo pasó.
Reuní la prueba
Fotos, acta policial, testigos, certificados.
Contanos qué pasó
Evaluamos si corresponde reclamar y qué trámite sigue.
Lo que conviene evitar
- Dar por perdido el reclamo porque “no pasó dentro de la empresa”.
- Aceptar sin leer lo que la ART te proponga firmar.
- Dejar el aviso al empleador para después.
Riesgo cero · si no cobrás, no pagás
Consultar por WhatsAppPreguntas frecuentes
¿Y si hice una parada en el camino?
La norma exige que no hayas interrumpido o modificado el trayecto por causas ajenas al trabajo. Si lo hiciste, la cobertura puede discutirse. Contanos qué pasó, porque cada caso es distinto.
¿Qué pasa si la ART rechaza un accidente in itinere?
El rechazo se puede discutir ante la Comisión Médica. Te explicamos cómo en la guía sobre rechazo de la ART.
¿Cuesta algo consultar?
No. La consulta es gratis y, si avanzamos, trabajamos a riesgo cero: si no cobrás, no pagás.
Los trámites, formularios y plazos pueden cambiar. Confirmalos en el sitio oficial o escribinos.
Consulta gratis
Contame cómo fue el accidente.
Con el día, el trayecto y qué te dijo la ART alcanza para empezar. Si no cobrás, no pagás.